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Proteger el vallado rústico de piedra tradicional

04/03/2009
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Álvaro Pinela,
El Adelantado de Segovia

El municipio aprueba unos criterios para la defensa y conservación de los cerramientos autóctonos realizados en piedra en seco

Conservar el entorno autóctono integrado al medio y no degradarlo. Ese es el propósito del Ayuntamiento de Navas de Riofrío, que no se conforma con mantener protegido el casco urbano, incluido desde 1996 en la catalogación de Bien Histórico Protegido por la Junta de Castilla y León junto a otras localidades segovianas, como San Ildefonso, Sepúlveda, Pedraza o Riaza.

Ahora desde el Consistorio, se pretende no degradar el carácter propio del medio y para ello, en la última sesión de pleno, la concejala de Medio Ambiente, Blanca Buena, hizo una defensa clara referida a la tipología de los vallados de piedra rústica.

En su exposición, Bueno, realizó inicialmente hincapié en la aprobación de unos criterios municipales de adaptación al entorno destinados a los vallados localizados en suelo rústico protegido.

La idea surge por la observación en municipios del entorno "de unos vallados que son atentatorios, contra el paisaje", detalló la concejala. Para evitar esa situación, "nos amparan un motón de leyes y normas para llevar a buen fin el control de los vallados en un suelo y un paisaje de gran valor ambiental", insistió, considerando a la vez, que es "el Ayuntamiento el que tiene que velar por el entorno, esa inquietud y valor ambiental de nuestro municipio a los pies de la Mujer Muerta, nos conmina a proteger los vallados de piedra tradicionales y a establecer unas reglas para los nuevos vallados", explicó Blanca Bueno.

Por este motivo, los servicios jurídicos y técnicos del Consistorio han redactado los denominados "Criterios municipales de adaptación al entorno para vallados en suelo rústico protegido", redactados por el arquitecto Hermes Serrano, aprobado provisionalmente en el pleno y abiertos a información pública.

Previamente, en la sesión, la teniente de alcalde Blanca Bueno, propuso la incorporación de la obligación "de realizar en piedra los cerramientos íntegros de parcelas de suelo rústico de superficie igual o inferior a 2.000 metros cuadrados".

El vallado de piedra en seco tradicional realizado en piedra berroqueña de la sierra, es un referente en toda la sierra de Guadarrama. Dehesas, parcelas y fincas integran de esta manera la piedra y la flora en el paisaje.

En esta misma línea, también existen otros elementos propios de la fisonomía de fincas y cerramientos, como las porteras de las parcelas realizadas en palos de fresno y en muchos casos acompañadas de alambre o espino.

La normativa municipal, regional, y diversas leyes lo amparan

La elaboración de los criterios que incluyen la normativa relacionada a los vallados en suelo rústico, ha sido redactada por el arquitecto Hermes Serrano, teniendo en cuenta en primer lugar las directrices de ordenación territorial de Segovia y su entorno de fecha de octubre de 2005, en las que se especifica la calificación del término municipal como Área de Singular Valor Ecológico. Fresnedas y encinares y dehesas de piamonte de la Mujer Muerta; Área de singular valor ecológico, alturas de la Mujer Muerta; y Zona de especial protección de aves, entre otras. Unas certificaciones cuyo avance va dirigido a la futura aprobación de declaración de Parque Regional para la sierra de Guadarrama. La recopilación de la normativa aplicable se ampara entre otros en el Código Civil, en la Ley del Suelo, la Ley y Reglamente de Urbanismo en Castilla y León, ley de Caza de Castilla y León, Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Así como la normativa municipal referida a los vallados de competencia municipal. En la parte final de la normativa, con el apéndice de conclusiones, se detalla que "para las parcelas de superficie inferior o igual a 2.000 metros, es obligatorio el vallado de mampostería en seco de piedra del lugar(sin empleo de mortero), con una altura mínima de 0,80 metros y máxima de 1 metro a cualquiera de las lindes", mientras que de linde a camino, "se podrá completar con el adicional de un cierre diáfano hasta una altura máxima de 1,60 metros". Asimismo se apunta que "los cerramientos deberán realizarse de manera que no supongan un riesgo para la conservación de la fauna y de la flora silvestre de la zona, ni degraden el paisaje".