Observatorio del Paisaje

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EL OBSERVATORIO

Funciones

Las funciones que le asignan sus Estatutos son:

  • Establecer criterios para la adopción de medidas de protección, gestión y ordenación del paisaje
  • Fijar criterios para establecer los objetivos de calidad paisajística y las medidas y acciones necesarias destinadas a lograr estos objetivos.
  • Establecer mecanismos de observación de la evolución y transformación del paisaje.
  • Proponer actuaciones orientadas a la mejora, restauración o creación del paisaje.
  • Elaborar los Catálogos de Paisaje de Cataluña destinados a identificar, clasificar y calificar los distintos paisajes existentes.
  • Impulsar campañas de sensibilización social respecto al paisaje, su evolución, sus funciones y su transformación.
  • Difundir estudios e informes y establecer metodologías de trabajo en materia de paisaje.
  • Estimular la colaboración científica y académica en materia de paisaje, así como los intercambios de trabajos y experiencias entre especialistas y expertos de universidades y otras instituciones académicas y culturales.
  • Hacer el seguimiento de las iniciativas europeas en materia de paisaje.
  • Preparar seminarios, cursos, exposiciones y conferencias, así como publicaciones y programas específicos de información y formación sobre las políticas de paisaje.
  • Crear un centro de documentación abierto a todo el mundo.

 

 

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